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Números 35 - Reina Valera 1977

Herencia de los levitas

1. Habló Jehová a Moisés en los campos de Moab, junto al Jordán frente a Jericó, diciendo:

2. Manda a los hijos de Israel que den a los levitas, de la posesión de su heredad, ciudades en que habiten; también daréis a los levitas los lugares de pasto en los contornos de esas ciudades.

3. Y tendrán ellos las ciudades para habitar, y los contornos de ellas serán para sus animales, para sus ganados y para todas sus bestias.

4. Y los contornos de las ciudades que daréis a los levitas serán mil codos alrededor, desde el muro de la ciudad para afuera.

5. Luego mediréis fuera de la ciudad al lado del oriente dos mil codos, al lado del sur dos mil codos, al lado del occidente dos mil codos, y al lado del norte dos mil codos, y la ciudad estará en medio; esto tendrán por los ejidos de las ciudades.

6. Y de las ciudades que daréis a los levitas, seis ciudades serán de refugio, las cuales daréis para que el homicida se refugie allá; y además de éstas daréis cuarenta y dos ciudades.

7. Todas las ciudades que daréis a los levitas serán cuarenta y ocho ciudades con sus ejidos.

8. Y en cuanto a las ciudades que deis de la heredad de los hijos de Israel, de la tribu que tiene mucho tomaréis mucho, y de la que tiene poco tomaréis poco; cada uno dará de sus ciudades a los levitas según la posesión que heredará.

Ciudades de refugio

9. Habló Jehová a Moisés, diciendo:

10. Habla a los hijos de Israel, y diles: Cuando hayáis pasado al otro lado del Jordán a la tierra de Canaán,

11. os señalaréis ciudades que sean para vosotros ciudades de refugio, donde huya el homicida que hiere a alguno de muerte sin intención.

12. Y os serán aquellas ciudades para refugiarse del vengador, y no morirá el homicida hasta que entre en juicio delante de la congregación.

13. De las ciudades, pues, que daréis, tendréis seis ciudades de refugio.

14. Tres ciudades daréis a este lado del Jordán, y tres ciudades daréis en la tierra de Canaán, las cuales serán ciudades de refugio.

15. Estas seis ciudades serán de refugio para los hijos de Israel, y para el extranjero y el que more entre ellos, para que huya allá cualquiera que hiera de muerte a otro sin intención.

16. Si con instrumento de hierro lo hiere y muere, homicida es; el homicida morirá.

17. Y si con piedra en la mano, que pueda dar muerte, lo hiere y muere, homicida es; el homicida morirá.

18. Y si con instrumento de palo en la mano, que pueda dar muerte, lo hiere y muere, homicida es; el homicida morirá.

19. El vengador de la sangre dará por su propia mano muerte al homicida; cuando lo encuentre, él lo matará.

20. Y si por odio empujó a su prójimo, o echó sobre él alguna cosa por asechanzas, y muere;

21. o por enemistad lo hirió con su mano, y murió, el heridor morirá; es homicida; el vengador de la sangre matará al homicida cuando lo encuentre.

22. Mas si casualmente lo empujó sin enemistades, o echó sobre él cualquier instrumento sin asechanzas,

23. o bien, sin verlo, hizo caer sobre él alguna piedra que pudo matarlo, y muere, y él no era su enemigo, ni procuraba su mal;

24. entonces la congregación juzgará entre el que causó la muerte y el vengador de la sangre conforme a estas leyes;

25. y la congregación librará al homicida de mano del vengador de la sangre, y la congregación lo hará volver a su ciudad de refugio, en la cual se había refugiado; y morará en ella hasta que muera el sumo sacerdote, el cual fue ungido con el aceite santo.

26. Mas si el homicida sale fuera de los límites de su ciudad de refugio, en la cual se refugió,

27. y el vengador de la sangre le halla fuera del límite de la ciudad de su refugio, y el vengador de la sangre mata al homicida, no se le culpará por ello;

28. pues en su ciudad de refugio deberá aquél habitar hasta que muera el sumo sacerdote; y después que haya muerto el sumo sacerdote, el homicida volverá a la tierra de su posesión.

Ley sobre los testigos y sobre el rescate

29. Estas cosas os serán por ordenanza de derecho por vuestras edades, dondequiera que habitéis.

30. Cualquiera que dé muerte a alguno, por dicho de testigos morirá el homicida; mas un solo testigo no hará fe contra una persona para que muera.

31. Y no tomaréis precio por la vida del homicida, porque está condenado a muerte; indefectiblemente morirá.

32. Ni tampoco tomaréis precio del que huyó a su ciudad de refugio, para que vuelva a vivir en su tierra, hasta que muera el sumo sacerdote.

33. Y no contaminaréis la tierra donde estéis; porque esta sangre amancillará la tierra, y la tierra no será expiada de la sangre que fue derramada en ella, sino por la sangre del que la derramó.

34. No contaminéis, pues, la tierra donde habitáis, en medio de la cual yo habito; porque yo Jehová habito en medio de los hijos de Israel.